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sábado, 9 de junio de 2018

DECLARACIÓN DE LA RENTA 2018

Metidos de lleno en el mes de Junio y viendo de reojo el mes de Julio, toca cumplir con Hacienda. Se acercan las tardes de terraza, las vacaciones en la playa, las cervecitas en el pueblo….pero antes de nada toca cumplir con el “Fisco”. En la entrada original iba a decir cumplir con Montoro, pero todo se ha precipitado a nivel político las ultimas semanas.


El tiempo dedicado a presentar la declaración de la renta de los inversores a largo plazo con Brokers Españoles como es mi caso, no supone más de una hora al año, incluso menos si no has realizado ninguna venta. En esta entrada me gustaría comentar con vosotros los pasos que he seguido para presentar la declaración de la renta, destacando los puntos más importantes a tener en cuenta. ¿Empezamos?

En primer lugar, me dirijo a mis tres Brokers para descargar el informe fiscal detallado del año 2017. Como saben, trabajo con Self Bank, ING y Renta 4. Los tres brokers te proporcionan todos los años la información detallada de todos tus movimientos. Todos ellos informan a Hacienda de todos los dividendos cobrados, por lo que los verás directamente cargados en el Borrador.

En segundo lugar, me dirijo a la página de la Renta para descargar el borrador. Como todos los años veo que Hacienda no refleja distintos datos que me benefician como aportaciones al Colegio de Farmaceuticos, desgrabación por alquiler de vivienda o cuotas de guardería. Una vez metidos estos datos vamos a las casillas importantes para un inversor a largo plazo.
A continuación les indico los puntos más importantes:
  1. Rendimiento de capital mobiliario, Dividendos: casilla 27. Sumo los dividendos recibidos en mis Brokers y cuadran al céntimo. Tardo 1 minuto en realizar la comprobación. Me voy a buscar la siguiente casilla importante de la declaración.
  2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de acciones o particiones negociadas en mercado financiero: casilla 310. En ella debes meter el importe de compra y el importe de venta que te proporciona el Broker. Sencillo y rápido, tardo unos 15 minutos. El año pasado vendí alguna posición como General Electric, Sainsbury…etc…IMPORTANTE: si has cobrado derechos sin retención en alguna acción que hayas vendido en 2017, no te olvides de restar el dinero cobrado al precio de compra.
  3. Ganancias y perdidas patrimoniales derivadas de derechos de suscripción: casilla 325. Como saben en 2017 se empezó a pagar por la venta de derechos a mercado. Compruebo que mis brokers pasan la información de forma correcta. Empleo en este paso unos 5 minutos.
  4. Recuperación de la doble retención de dividendos cobrados en países con Convenio: casilla 553. Reviso la información, anotando los dividendos cobrados en USA y la retención aplicada por los mismos en el extranjero. Ambos datos me los proporcionan mis Brokers. Tardo unos 15 minutos en sumar todo e introducir el dato.
  5. Compensación de minusvalías de años anteriores: casilla 420. No te olvides en meter en esta casilla las minusvalias de años anteriores, para compensar las pérdidas que tengas en 2017.

Como pueden ver es un trámite bastante fácil y sencillo, y en ningún caso una excusa para no comprar acciones fuera de nuestro País. Estas son las fechas del año donde me alegra tener mi dinero en Brokers que me proporcionen información fiscal detallada.

Y vosotros: ¿Brokers españoles con información fiscal detallada? ¿Si o no?


Saludos a todos.

24 comentarios:

juanjoo dijo...

Una pregunta: dices Compensación de minusvalías de años anteriores en la casilla 420, pero que casilla de las anteriores declaración hay que mirar para ver si se tienen perdidas a compensar?
Muchas gracias

Jaume dijo...

Creo que tienes que llevar tu la cuenta personalmemte

Negocios, estrategia y oportunidades dijo...

En la 407, importes pendientes de compensar en los 4 años siguientes.

El Farmacéutico Activo dijo...

Buenas Juanjoo, como dice Negocios, estrategias y oportunidades, te vas a la declaración de los años anteriores, en 2016 es la casillas 407 y la cifra que aparece la pones en la casilla 420 del año 2017. Es importante poner el dato para ahorrarte un dinero si puedes compensar.
Saludos.

V9 dijo...

Con degiro es exactamente lo mismo que tú haces. En la casilla 27 metes el dato que no viene reflejado y ya está. Dos minutos más.
Las opciones también hay que meterlas, no si renta4 informa.
Yo pierdo más tiempo buscando los seguros y las amortizaciones, valores catastrales...para desgravar en los alquileres.
Un Saludo

El Farmacéutico Activo dijo...

Buenas Varianza, desconozco como funciona De Giro, si es como dices buena opción también.
Saludos.

Miguel M dijo...

Buenos días FA, en mimcaso no varía lo que recupero al introducir las retenciones de origen en el extranjero, debe ser por no tener rentas del trabajo.
¿Es por eso o no debería de ser así?
Un saludo y gracias

El Farmacéutico Activo dijo...

Buenas, no estoy 100% seguro, pero si debería variar, yo creo. A ver si algún lector con más experiencia fiscal nos puede aportar algo.
Acuérdate en la casilla 553, cuando metes el importe de dividendos cobrados en el extranjero meterlo en el espacio rentas del AHORRO y meter también el importe retenido en países con doble convenio, USA entiendo.

Saludos.

Luis C dijo...

Yo con Clicktrade aparece todo en el borrador de Hacienda y coincide con mis datos al céntimo. Con Degiro hay que introducirlo manualmente y es rápido de hacer. La información fiscal que me envían difiere en unos pocos euros imagino por el cambio de divisa asociado a los dividendos cobrados en dólares. Declaro esos pocos euros de más que me salen según mis cálculos y listo. También he encontrado donde declarar las ventas de puts y los CFDs (casilla 345). He puesto una "Alta de elemento patrimonial" para el total de puts y otra para el total de CFDs.

Un saludo.

El Farmacéutico Activo dijo...

Gracias Luís, en mi caso el año pasado vendí una PUT, pero por lo que tengo entendido hasta que no se ejecute no hay que declarar nada a hacienda. No se si estoy en lo cierto Luis C?
Saludos y Gracias.

Luis C dijo...

Estás en lo cierto farmaceutico. Cuando vence la PUT o cuando la recompras es cuando se puede calcular la ganancia patrimonial. Yo las que he declarado fueron porque me vencieron el año pasado o porque las recompré el año pasado antes de que llegaran a vencimiento. Hasta el año que viene no te tienes que preocupar de ello. Y ya verás que es muy fácil declararlas. Yo lo he hecho siguiendo un post del blog invirtiendopocoapoco.

Un saludo.

El Farmacéutico Activo dijo...

Gracias Luis C, me queda más claro, el año que viene tocará declararlas.
Saludos.

miquel38 dijo...

¿Sabeis si se pueden compensar perdidas en acciones con ganancias en fondos?. Y en caso afirmativo, ¿puedo vender los fondos para compensar y al día siguiente volver a comprar el mismo fondo?. Para así rebajar la carga fiscal.
Gracias

El Farmacéutico Activo dijo...

Buenas Miquel, sí, hasta donde yo sé, si se pueden compensar.
Respecto al vender fondos para compensar y volver a comprar, sí lo puedes hacer, de hecho yo lo he hecho este año para compensar unas minusvalías.
Saludos.

Vanfallen dijo...

Yo no lo hago asi, yo declaro las primas cobradas en el momento de hacerlo, independientemente si me ejercen o no. Otra situacion posible es que cierres la posicion comprando la put vendida que entonces la ganancia patrimonial es la diferencia entre prima cobrada y prima pagada. Si vendiera una put en diciembre y la cerrara en enero no sabria muy bien como declararla sincermente jaja pero no se me ha dado el caso. Ojo que no entiendo mucho de fiscalidad...coje mi post con pinzas.

gautama dijo...

Cuidado con el tema de las compensaciones y la regla de los dos meses

https://blog.selfbank.es/el-credito-fiscal-de-cerrar-inversiones-con-perdidas/

"Para que podamos aprovechar esta compensación de pérdidas, en el caso de activos que coticen en mercados secundarios, deben transcurrir desde la venta dos meses, antes y después de esa operación, para volver a adquirir esos mismos valores.

Esto aplica tanto a acciones como a warrants, opciones o fondos de inversión."

Unknown dijo...

Buenas tardes:

En primer lugar agradecer la divulgación de su conocimiento de forma totalmente desinteresada.

Tengo un par de dudas con respecto a lo que explica arriba:
- En la casilla 310 hay que poner 1 a 1 las acciones compradas o vendidas durante 2017, ¿correcto?. Si no lo hubiera hecho en años anteriores, ¿recomiendas "dejarlo pasar" o intentar incorporarlo
- Para fondos, ¿habría que hacer lo mismo en la casilla 294?

Gracias.
Saludos.

El Farmacéutico Activo dijo...

Buenas, gracias por la aportación. Importante tener en cuenta lo que dices.

El Farmacéutico Activo dijo...

Buenas Santiago, sí, en la casilla 310 debes meter las acciones una a una que hayas vendido a lo largo del año 2017.
Si no lo hiciste en años anteriores, no sabría que decirte, creo que debes consultar a un asesor fiscal experto en estos temas, pero a priori aunque tarde parece que lo razonable sería declararlo.
Para fondos hay que hacer lo mismo, en estos casos los brokers suelen pasar la información a Hacienda, y suele aparecer.

Saludos.

El Farmacéutico Activo dijo...

Buenas, al final es lo mismo, pero en tu caso lo declaras antes. Por lo que he leído se hace al vencimiento. Voy a consultarlo antes de mandarla para estar 100% seguro.
Saludos.

Miguel dijo...

En los países donde no hay convenio para el tema de dividendos como Alemania, entiendo que no puedes recuperar nada de lo retenido al hacer la declaración.

Miguel dijo...

creo que se puede recuperar un 15%. Desgraciadamente clicktrade no comunica los datos.¿Alguién me puede ayudar?
Me aparecen 3 columnas:
- Rentas incluidas en la base general
- Rentas incluidas en la base del ahorro
- Impuesto satisfecho en el extranjero
¿Qué hay que poner en cada columna?

El Farmacéutico Activo dijo...

Buenas Miguel.
Si puedes recuperarlo pero el tramite es más laborioso. En breve haré una entrada sobre la recuperación de los dividendos alemanes.
Sobre las tres columnas que comentas: los dividendos totales cobrados en USA debes incluirlos en la columna de base del ahorro, y también debes rellanar la tercera columna añadiendo los impuestos satisfechos en el extranjero, es decir, el 15% de la columna anterior. No se si me he explicado?
Saludos.

Unknown dijo...

Muchas gracias por el post, si me permites me gustaría sugerirte si puedes crear un post ampliando el punto4. Creo que a los que nos hemos estrenado recientemente en los mercados extranjeros nos viene bien.
Muchas gracias